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Licencia de Construcción y Permisos Asociados

Nombre(s) usual(es) o coloquial(es)

N/A

Descripción de los servicios:

Servicio mediante el cual el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) recibe, evalúa y valida la documentación técnica y legal presentada por el ciudadano, promotor o desarrollador, relativa a las condiciones legales, estructurales, arquitectónicas, sanitarias, eléctricas y de materiales requeridas para la ejecución de un proyecto de construcción.

Como resultado de este proceso, se emite la Licencia de Construcción, que constituye la autorización oficial para iniciar la obra, garantizando que el proyecto cumpla con las leyes, normas y reglamentos vigentes, así como con los estándares de calidad establecidos en el país, conforme al tipo de obra a desarrollar.

En el marco del proceso de obtención de la Licencia de Construcción, el solicitante podrá optar por servicios complementarios que le permitan avanzar en determinadas etapas preliminares o parciales de la obra mientras continúa el proceso de evaluación y aprobación definitiva de la licencia, conforme al alcance autorizado en cada caso. Para acceder a estos servicios, es indispensable que el proyecto cuente con una solicitud de Licencia de Construcción en curso ante el MIVHED. Estos servicios son:

  1. Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares: Servicio mediante el cual el MIVHED emite una autorización para la realización de trabajos de preparación del terreno, tales como excavaciones para cimientos, Instalaciones de equipos para construcción, caseta provisional para depositar materiales o herramientas u otras adecuaciones preliminares, previo a la obtención de la Licencia de Construcción definitiva, sujeto al cumplimiento de las disposiciones técnicas, ambientales y urbanísticas aplicables.
  2. Autorización para Inicio de Obra Parcial: Servicio mediante el cual el MIVHED evalúa y autoriza la ejecución parcial de una obra de construcción antes de la emisión definitiva de la Licencia de Construcción, permitiendo realizar trabajos específicos conforme al alcance aprobado y sujeto al cumplimiento de las disposiciones técnicas y normativas aplicables.
 

Para la gestión de este servicio, el solicitante podrá realizar el trámite de manera directa o a través de un Gestor Urbano, profesional habilitado por el MIVHED para actuar como representante técnico en la tramitación de solicitudes vinculadas a licencias, permisos y autorizaciones de construcción. El uso de esta figura es opcional y no condiciona el acceso al servicio.

En caso de optar por un Gestor Urbano, los honorarios correspondientes deberán ser acordados directamente entre el solicitante y el profesional. El listado de Gestores Urbanos habilitados se encuentra disponible en la página web institucional del MIVHED.

Objetivo:

Garantizar la correcta evaluación, validación y autorización de los proyectos de construcción, mediante el cumplimiento de los requisitos técnicos, legales y normativos establecidos, a fin de asegurar la seguridad, calidad y conformidad de las edificaciones, así como el ordenamiento adecuado del desarrollo urbano en el país.

Base legal:

Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024; Ley núm. 160-21, que crea el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones; Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo; Ley núm. 675-44, sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, en lo concerniente a los permisos, control y ejecución de obras de construcción; Ley núm. 687-82, que establece el sistema de reglamentación técnica aplicable a los proyectos y obras de ingeniería y arquitectura; Ley núm. 6200, sobre el ejercicio de la ingeniería, arquitectura y agrimensura, que regula la responsabilidad técnica de los profesionales actuantes en los proyectos; Ley núm. 176-07, del Distrito Nacional y los Municipios, en lo relativo al ordenamiento territorial y uso de suelo; Ley núm. 368-22, de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos; Decreto núm. 236-22, que establece el Reglamento Orgánico y Funcional del MIVHED; y Reglamento núm. 642-22, de Gestores Urbanos del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones; y Resolución núm. 007-2026, de fecha 10 de abril de 2026, que establece el Código de Construcción de la República Dominicana.

A quien va dirigido:

El servicio de Licencia de Construcción está dirigido a personas físicas y jurídicas que requieran autorización para ejecutar proyectos de edificación en el territorio nacional, incluyendo: Promotores y desarrolladores inmobiliarios, Propietarios de terrenos o inmuebles, Empresas constructoras, Profesionales del sector construcción (ingenieros, arquitectos y agrimensores debidamente autorizados) y Entidades públicas o privadas que desarrollen proyectos de infraestructura o edificaciones.

Requisitos para obtener los servicios:

Requisitos para la obtención de la Licencia de Construcción

Requisitos generales aplicables a todo tipo de construcción

  • Registro Mercantil vigente, emitido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (aplica para personas jurídicas).
  • Títulos(s) definitivo(s) de propiedad.
  • Planos(s) de mensura(s) catastral(es) deslindado(s), avalado(s) por el/los títulos(s) de propiedad. En caso de presentar varias mensuras, deberá incluirse croquis ilustrativo de los solares refundidos, firmado por un agrimensor colegiado.
  • Certificación de Uso de Suelo y Retiro de Edificaciones, emitida por el ayuntamiento correspondiente.
  • Certificación de No Objeción al Proyecto, emitida por el ayuntamiento correspondiente.
  • Certificación o autorización ambiental emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA)
  • Un (1) juego de planos arquitectónicos y técnicos (eléctricos, sanitario y estructura), en formato 24” x 36”, elaborados conforme a las escalas y lineamientos establecidos en el Código de Construcción de la República Dominicana en blanco y negro. No se admiten formatos menores, escalas de grises ni planos a color. Los planos deben estar debidamente sellados por el ayuntamiento correspondiente. En ausencia de un Departamento de Planeamiento Urbano, deberá gestionarse ante el ayuntamiento más cercano a la ubicación del proyecto.
  • En caso de que el proyecto se ubique en polos turísticos o en zonas sujetas a regulaciones especiales (turismo, educación, salud o patrimonio monumental), los planos arquitectónicos deberán contar con la aprobación y sello de las instituciones competentes, según corresponda.
  • Memoria descriptiva del proyecto, que incluya la descripción general, alcance, materiales y especificaciones, conforme al Código de Construcción de la República Dominicana.
  • Copia del carné o certificación vigente del CODIA del profesional responsable del proyecto.
  • Memoria de cálculos estructurales, correspondiente al sistema estructural de la edificación, en formato PDF (8 ½” x 11”), debidamente firmada por el ingeniero estructural responsable. Deberá incluir el archivo digital del modelo de cálculo y cumplir con los reglamentos técnicos aplicables para el análisis y diseño estructural de obras.
  • Estudio geotécnico, conforme al Código de Construcción de la República Dominicana, en formato pdf, con firmas y sellos correspondientes. Solo serán aceptados estudios realizados por profesionales o empresas calificados por el MIVHED (listado disponible en la página web institucional).
  • Memoria de cálculos hidráulicos, en formato pdf, conforme al Código de Construcción de la República Dominicana. Aplica en los siguientes casos:
    • Para edificaciones de uso comercial que excedan los veinte (20) aparatos sanitarios.
    • Para edificaciones de uso habitacional que excedan los cien (100) aparatos sanitarios.
    • Cuando el proyecto contemple piscinas conectadas directamente a la cisterna (no aplica si la piscina está conectada a la acometida).
  • Fotografías del solar o inmueble objeto del proyecto, que evidencien las condiciones actuales del terreno.
  • Aprobación del acueducto correspondiente de acuerdo con su demarcación, cuando el proyecto sea de uso habitacional y supere los 10,000 m² de superficie.
  • Aprobación de suministro de energía eléctrica, emitida por la EDE correspondiente de acuerdo con su demarcación, cuando el proyecto sea de uso habitacional y cumpla con al menos una de las siguientes condiciones:
    • Supere los 10,000 m² de superficie.
    • Contenga más de veintidós (22) bloques de edificios.
    • Contemple más de doscientos (200) apartamentos.

Nota: En caso de requerirse un cambio de tramitador durante el proceso, deberá depositarse una carta de autorización firmada por el propietario, mediante la cual se faculta a un tercero a gestionar el trámite en su nombre.

Requisitos específicos por tipo de proyecto

Adicional a los requisitos generales, el solicitante deberá presentar los siguientes documentos, según corresponda al tipo de proyecto:

1.Proyectos industriales

  • Registro Mercantil, emitido por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, que evidencie una actividad industrial válida.
  • No Objeción para el inicio de los trabajos de construcción, emitida por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA)
  • Licencia, permiso o autorización ambiental emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA), cuando aplique conforme a la normativa ambiental vigente.
  • Este requisito será requerido, entre otros casos, para proyectos que cumplan con una o más de las siguientes condiciones: Proyectos ubicados en áreas protegidas o zonas ambientalmente frágiles.
    • Proyectos ubicados en áreas protegidas o zonas ambientalmente frágiles.
    • Terrenos iguales o mayores a 10,000 m² o construcciones mayores a 15,000 m².
    • Edificaciones de más de 8 niveles o más de 200 unidades habitacionales.
    • Proyectos con más de un sótano o excavaciones mayores a 8,000 m³.
    • Sótanos que intercepten el nivel freático o requieran bombeo permanente.
    • Hospitales y centros de salud con hospitalización.
    • Cementerios, mercados de gran escala y terminales de autobuses.
    • Estaciones de combustible, expendios de combustibles y plantas de GLP.
    • Industrias manufactureras o proyectos que impliquen el uso de sustancias peligrosas. Proyectos turísticos o ecoturísticos ubicados en áreas protegidas. La determinación definitiva sobre la categoría ambiental y el tipo de autorización requerida corresponde al MIMARENA.
    • Planos eléctricos industriales, debidamente elaborados y firmados por el profesional certificado por el CODIA.

2.Proyectos turísticos

  • Certificación de No Objeción de Uso de Suelo del Ministerio de Turismo (MITUR), que valide la ubicación en zona turística y la viabilidad del proyecto.
  • Planos aprobados y sellados por el MITUR, asegurando la correspondencia con el proyecto sometido.
  • Licencia o Permiso Ambiental para la Construcción y Operación del Proyecto, emitido por MIMARENA.
  • Autorización de uso de franja marítima, emitida por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), cuando el proyecto se ubique dentro de la franja marítima o en las márgenes de ríos navegables (60 metros desde la línea de costa). En los casos de proyectos turísticos o de utilidad pública, podrá requerirse decreto del Poder Ejecutivo.
  • Autorización de derecho de vía, emitida por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), cuando el proyecto se ubique en solares colindantes con carreteras, autopistas, avenidas, bulevares, circunvalaciones o caminos vecinales.
 

3.Estaciones de expendio de combustible

  • Autorización para inicio de trámites de obtención de permisos, emitida por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), para proyectos de estaciones de expendio de combustibles líquidos, la cual comprende:
    • No objeción para la construcción e instalación del proyecto.
    • Resolución de inicio de trámites de obtención de permisos.
    • Certificación de la resolución de inicio de trámites de obtención de permisos.
    • Certificación de prórroga de la autorización, en caso de vencimiento.
  • Certificación de avalúo y su notificación, emitidas por la Dirección General del Catastro Nacional, para fines de validación fiscal.
  • Certificación de inscripción catastral, emitida por la Dirección General del Catastro Nacional.
  • Certificación de no objeción en materia de seguridad contra incendios, emitida por el Cuerpo de Bomberos correspondiente a la demarcación del proyecto.
  • Certificación de no objeción para la instalación de bomba de combustible, emitida por la Defensa Civil, relativa a la evaluación de riesgos.
  • Carta de intención o vinculación comercial, emitida por la empresa distribuidora de combustibles.
  • Certificación de no objeción de uso de suelo, emitida por el Ministerio de Turismo (MITUR), cuando el proyecto se ubique en zona turística.
 

4.Proyectos de infraestructura sanitaria

  • Licencia o certificación de habilitación sanitaria, emitida por el Ministerio de Salud Pública (MSP), que autorice el uso del proyecto para fines sanitario.
  • Constancia ambiental, emitida por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA).
 

5.Proyectos en zonas patrimoniales

  • No objeción al proyecto, emitida por la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental, cuando el proyecto se ubique en zonas patrimoniales.
 

Requisitos para la obtención de la Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares

  • Formulario de solicitud de Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares debidamente completado.
  • Carta de solicitud dirigida al MIVHED, suscrita por el propietario o representante del proyecto, indicando el alcance de los trabajos preliminares a ejecutar.
  • Cédula de identidad y electoral del solicitante.
  • Certificación de No Objeción o aprobación de Uso de Suelo emitida por el ayuntamiento correspondiente.
  • Licencia o Permiso emitidos por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en los casos en que, por las características del proyecto, sean requeridos.
  • En los casos en que se contemplen excavaciones para cimientos, deberá presentarse el Estudio Geotécnico del proyecto para revisión, y los trabajos deberán ejecutarse conforme a las recomendaciones establecidas en dicho estudio.
 

Nota: Para los casos de instalación de equipos de construcción y/o casetas provisionales destinadas al depósito de materiales o herramientas, no será requerido el Estudio Geotécnico.

Requisitos para la Autorización para Inicio de Obra Parcial:

  • Formulario de Solicitud de Inicio Parcial de Obra debidamente completado.
  • Carta de solicitud de inicio parcial de obra dirigida al MIVHED, suscrita por el propietario o representante del proyecto, indicando el número de solicitud de licencia, el nombre del proyecto y el alcance de los trabajos para los cuales se solicita la autorización.
  • Copia de la cédula de identidad y electoral de la persona que realiza la solicitud.
  • En caso de que el solicitante sea una persona jurídica y la persona firmante no figure como representante en el documento de propiedad, deberá anexarse copia del Registro Mercantil vigente, a fin de validar la representación correspondiente.
  • El proyecto debe contar con una solicitud de Licencia de Construcción o de Modificación de Licencia de Construcción en proceso.
 

Condición para la aprobación del servicio: La autorización de inicio parcial de obra estará sujeta a la revisión y validación técnica del expediente por parte de las áreas correspondientes del MIVHED (gestión, arquitectura, sanitaria, eléctrica, estructural, geotecnia, diseño vial y derecho de vía), según aplique, las cuales no deberán presentar objeciones técnicas al alcance definido para la ejecución e inicio de la obra.

Procedimiento para obtener los servicios:

Licencia de Construcción

  1. Ingrese a la Ventanilla Única de Construcción (VUC)
  2. Regístrese en el portal o inicie sesión si ya dispone de una cuenta de usuario. 
  3. Seleccionar la opción “Crear trámite”.
  4. Indicar el tipo de solicitante: persona física o persona jurídica.
  5. Seleccionar el servicio “Licencia de Construcción”.
  6. Hacer clic en “Iniciar trámite”.
  7. Completar el formulario de solicitud en línea y adjuntar los documentos requeridos, conforme a los requisitos establecidos (un archivo PDF por documento; en el caso del modelo computacional, deberá cargarse comprimido en formato .ZIP o .RAR).
  8. Una vez completada la solicitud, seleccionar “Finalizar”, lo que generará un número de caso para seguimiento.
  9. El Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) revisará la documentación remitida para verificar el cumplimiento de los requisitos.
  10. En caso de existir observaciones o documentación incompleta, el solicitante será notificado a través del portal para realizar las subsanaciones correspondientes.
  11. Una vez subsanadas las observaciones, el MIVHED validará nuevamente el expediente.
  12. Verificado el cumplimiento de los requisitos documentales, se realiza el pago correspondiente a la solicitud del servicio. Se debe cargar el comprobante en la Ventanilla Única de Construcción (VUC), en el campo denominado “Pago”.
  13. Se valida el pago realizado y, una vez confirmado, el expediente es remitido a las áreas técnicas de arquitectura, sanitaria, eléctrica, estructural, geotécnica, tasación y gestión de calidad, así como a diseño vial y derecho de vía, cuando aplique, para su revisión y evaluación.
  14. Concluida la revisión técnica, el expediente es remitido al área de tasación, donde se determina el valor del proyecto. En esta etapa, se solicitará el pago de los arbitrios correspondientes, conforme al valor de la construcción:
    • Tasa de arbitrios del Ayuntamiento correspondiente 2.5% del valor de la construcción.
    • Tasa de arbitrios del CODIA 2% del valor de la construcción.
    • Tasa por servicio equivalente al 0.1 % del valor del proyecto tasado, aplicable únicamente cuando dicho valor supere los RD$6,000,000.00.
  15. Previo a la emisión de la licencia, el expediente es remitido al Departamento de Verificación de Estatus de Obra para la inspección del solar y la confirmación de su condición actual.
  16. En caso de detectarse elementos ya construidos o estructuras existentes, el expediente es devuelto al área de evaluación de Estructura. En este caso, se deberá presentar un levantamiento estructural elaborado por un evaluador debidamente autorizado por el MIVHED.
  17. Luego de la validación de los resultados de la inspección, se realiza el pago correspondiente a la tasación. Los comprobantes de pago deberán cargarse en un único archivo PDF en la Ventanilla Única de Construcción (VUC), en el campo denominado “Pago”.
  18. Confirmado el pago, el solicitante será notificado vía correo electrónico para el retiro de la Licencia de Construcción.
 

Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares

  1. Realizar la solicitud de autorización del servicio para la Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares, remitiendo vía correo electrónico al revisor de recepción asignado o, en caso de que el expediente se encuentre en las áreas técnicas, al gestor responsable asignado al proyecto.
  2. Luego de validar la solicitud, el gestor o revisor de recepción habilita en la Ventanilla Única de Construcción (VUC) el campo correspondiente para la carga de los documentos requeridos para el servicio.
  3. Depositar la documentación requerida a través de la Ventanilla Única de Construcción (VUC).
  4. El MIVHED realizará la revisión del expediente conforme al alcance de los trabajos preliminares solicitados y al nivel de revisión técnica alcanzado por el proyecto.
  5. Conforme a las características del proyecto, el MIVHED verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos, urbanísticos, ambientales y normativos aplicables para la ejecución de los trabajos preliminares solicitados.
  6. En los casos de excavaciones para cimientos, el solicitante deberá acogerse a las recomendaciones establecidas en el estudio geotécnico del proyecto. Para instalaciones provisionales de equipos, casetas o áreas temporales de almacenamiento de materiales, no será requerido dicho estudio.
  7. Una vez validado que el expediente cumple con los requerimientos establecidos, el área correspondiente procederá con la emisión de la Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares.
  8. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos, el MIVHED emitirá la Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares y notificará su disponibilidad al solicitante.
 

Autorización para Inicio de Obra Parcial:

  1. Realizar la solicitud de autorización de inicio parcial de obra, remitiendo vía correo electrónico al gestor asignado la solicitud correspondiente.
  2. Luego de validar la solicitud, el gestor habilita en la Ventanilla Única de Construcción (VUC) el campo correspondiente para la carga de los documentos requeridos para el servicio.
  3. Depositar la documentación requerida a través de la Ventanilla Única de Construcción (VUC).
  4. El MIVHED realiza la revisión y evaluación técnica del expediente, a través de las áreas correspondientes, según aplique.
  5. Conforme al nivel de revisión completado y a los criterios técnicos establecidos, el MIVHED define las condiciones y el alcance autorizado para el inicio parcial de la obra.
  6. En caso de proceder, el MIVHED notifica vía correo electrónico para la entrega física de los planos impresos correspondientes al alcance aprobado, debidamente firmados por el arquitecto responsable y el propietario en todas las hojas, así como por los profesionales técnicos en sus áreas correspondientes, incluyendo el número de colegiatura CODIA.
  7. El MIVHED coordina una visita de verificación al solar, a fin de validar las condiciones físicas del terreno previo al inicio de la obra.
  8. Una vez validado que el solar se encuentra en condiciones aptas para el inicio de los trabajos autorizados, se procede con la emisión de la certificación correspondiente.
  9. Finalmente, se notifica vía correo electrónico para el retiro de la certificación de inicio parcial de obra y de los planos sellados correspondientes.

Tiempo de entrega de los servicios:

Licencia de Construcción y Permisos Asociados

El tiempo de respuesta del servicio dependerá del nivel de complejidad del proyecto:

  1. Proyectos no complejos: hasta sesenta (60) días laborables

Se consideran proyectos no complejos aquellos que cumplan simultáneamente con las siguientes condiciones:

  • Proyectos de uso habitacional o comercial.
  • Edificaciones que no excedan los seis (6) niveles.
  • Terrenos con una extensión inferior a diez mil metros cuadrados (10,000 m²).
  • Que no requieran la aprobación previa de más de cinco (5) entidades.

2. Proyectos complejos: hasta ciento veinte (120) días laborables

Se consideran proyectos complejos aquellos que cumplan con al menos una de las siguientes condiciones:

  • Proyectos de uso mixto (habitacional y comercial).
  • Proyectos turísticos o vinculados al sector salud.
  • Proyectos de viviendas de bajo costo.
  • Estaciones de expendio de combustibles.
  • Proyectos que requieran la aprobación de más de cinco (5) instituciones.
  • Edificaciones que excedan los seis (6) niveles.
  • Proyectos en terrenos cuya extensión supere los diez mil metros cuadrados (10,000 m²).
  • Proyectos como parques acuáticos, eólicos, fotovoltaicos, urbanizaciones o lotificaciones.
  • Proyectos ubicados en zonas costeras o en áreas ambientalmente sensibles (riberas de ríos, humedales, manglares, zonas protegidas o patrimoniales).
 

Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares

  • 5 días laborables para solicitudes de instalación de equipos para construcción y casetas provisionales para depósito de materiales o herramientas.
  • 10 días laborables para proyectos que contemplen Excavaciones para cimientos.
 

Autorización para Inicio de Obra Parcial

Proyectos no complejos: 5 días laborables.

Nota: Los plazos establecidos aplican siempre que el solicitante haya depositado la totalidad de los requisitos de manera correcta y no existan observaciones pendientes.

Costo de los servicios:

  • Solicitud de Licencia Construcción: RD$ 6,000.00
  • Solicitud de Licencia de Construcción de Gasolina y Envasadora de Gas: RD$ 56,500.00
  • Tasa por servicio: equivalente al 0.1 % del valor del proyecto tasado, aplicable únicamente cuando dicho valor supere los RD$ 6,000,000.00.
  • Derecho de vía: RD$ 8,500.00, cuando el proyecto requiera autorización de derecho de vía.
 

Notas:

  • Los servicios de Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares y Autorización para Inicio de Obra Parcial no tienen costo.
  • Los pagos correspondientes al Ayuntamiento y al CODIA deberán realizarse directamente en las instituciones correspondientes, y los comprobantes de pago deberán ser cargados en la Ventanilla Única de Construcción (VUC).
  • En el caso de la tasa por servicio, el monto a pagar será remitido por correo electrónico al analista asignado, y deberá ser depositado en la cuenta del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), conforme a las instrucciones en la sección de pago de esta ficha. El comprobante de pago deberá ser igualmente remitido o cargado para fines de validación del expediente.

Modalidad de pago:

Transferencia o depósito a la siguiente cuenta:  

  • Entidad: Tesorería Nacional (Cuenta corriente)  
  • Banco: Banco de Reservas de la República Dominicana  
  • Número de cuenta: 010-2522537  
  • RNC: 401-03695-9

Resultado de los servicios:

  • Emisión de la Licencia de Construcción, documento oficial mediante el cual el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) autoriza la ejecución del proyecto, conforme a la documentación técnica y legal aprobada y a los planos debidamente sellados.
  • Emisión de la Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares, documento mediante el cual el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) autoriza la realización de trabajos preliminares específicos previo a la emisión definitiva de la Licencia de Construcción, conforme al alcance aprobado y a las disposiciones técnicas, urbanísticas y ambientales aplicables.
  • Emisión de la Autorización de No Objeción para Inicio de Obra Parcial, documento mediante el cual el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones autoriza la ejecución parcial de una obra de construcción previo a la emisión definitiva de la Licencia de Construcción, conforme al alcance aprobado y sujeto al cumplimiento de las disposiciones técnicas y normativas aplicables.
  • En el caso de proyectos correspondientes a estaciones de combustibles, también se emitirá el Permiso de Enterramiento y/o Instalación de Tanques para Estaciones de Combustibles, conforme al alcance autorizado y a las disposiciones técnicas y normativas aplicables.

Vigencia de los documentos:

  • La Licencia de Construcción tendrá una vigencia de un (1) año, contado a partir de su fecha de emisión. En caso de no haberse iniciado o culminado la ejecución de la obra dentro de este plazo, el solicitante deberá gestionar su renovación conforme a las disposiciones vigentes.
  • El Permiso de Enterramiento y/o Instalación de Tanques para Estaciones de Combustibles tendrá una vigencia de diez (10) años, conforme al alcance autorizado y a las disposiciones técnicas y normativas aplicables.

Nota:

  • Los servicios de Autorización Condicionada para Ejecución de Trabajos de Obras Preliminares y Autorización para Inicio de Obra Parcial no poseen una vigencia definida, debido a que su autorización está condicionada al alcance específico aprobado para cada proyecto.

Área responsable de la prestación de los servicios:

Dirección de Tramitación, Tasación y Licencias.

Teléfonos:

  • Sede Central, Santo Domingo: (809) 732-0600, extensiones 7001, 7002, 7003 y 7004.
  • Santiago de los Caballeros y la vega: (809) 732-0600, extensión 3012.
  • San Francisco de Macorís: (809) 732-0600, extensión 7538.
  • Punta Cana: (809) 959-2080, extensión 310.

Correo electrónico:

serviciostramitacion@mived.gob.do

Horario de prestación de los servicios:

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Versión y revisión:

01

Canales de prestación del servicio:

  • En línea: A través de la Ventanilla Única de Construcción (VUC), disponible las 24 horas del día, para la solicitud, carga de documentos, seguimiento del trámite y subsanación de observaciones.
  • Presencial: Disponible para el retiro de la Licencia de Construcción y los planos sellados en la Dirección de Tramitación, Tasación y Licencias del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED) ubicado en la avenida Pedro Henríquez Ureña Esq. Av. Alma Mater, Santo Domingo.

Canal de reclamación:

Las reclamaciones, quejas o sugerencias podrán presentarse a través del buzón de quejas y sugerencias ubicado en la recepción del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

Información adicional:

Enlace de la Ventanilla Única de Construcción (VUC): VUC. Ventanilla única de la construcción

Enlace del listado Profesionales Habilitados: Listados de Habilitaciones profesionales – Ministerio de Vivienda y Edificaciones

En caso de requerir información sobre alguna etapa del proceso o sobre las revisiones técnicas, se podrá solicitar una cita, presencial o virtual, a través del enlace Bookings: – Outlook