Nombre(s) usual(es) o coloquial(es)
N/A
Descripción del servicio:
Servicio mediante el cual se emite una certificación oficial que hace constar que una vivienda adjudicada por el MIVHED entonces Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), hoy Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), se encuentra liquidada, conforme a los registros institucionales.
Objetivo:
Proporcionar al ciudadano un documento oficial que valide el estado de pago de su vivienda, a fin de respaldar trámites legales, administrativos o personales relacionados con el inmueble.
Base legal:
Constitución de la República Dominicana; la Instrucción Presidencial núm. 24876, de fecha diez (10) de octubre de dos mil veintidós (2022), referente a la condonación de deudas de adquirentes de viviendas de bajo costo e interés social construidas por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI); y la Ley núm. 160-21, que crea el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED)
A quien va dirigido:
Ciudadanos que hayan adquirido inmuebles a través del MIVHED entonces Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), mediante venta y cuya vivienda a la fecha de la instrucción presidencial no hayan sido saldados por el usuario.
Requisitos para obtener el servicio:
- Comunicación formal de solicitud de aplicación de Bono Saldo, dirigida al MIVHED.
- Copia de la cédula de identidad y electoral del solicitante.
- Copia del contrato de adquisición del inmueble suscrito con el MIVHED.
Notas:
- El servicio aplica para solicitudes asociadas a cuentas de adquisición de vivienda previamente aperturadas.
- Está dirigido a adquirientes de inmuebles construidos por el MIVHED (antiguo INVI), así como a sus sucesores legales o representantes debidamente autorizados.
Procedimiento para obtener el servicio:
- Depositar la solicitud, acompañada de los requisitos establecidos, en el Departamento de Correspondencia y Archivo del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).
- El MIVHED recibe, revisa y valida la documentación suministrada por el solicitante.
- En caso de cumplimiento de los requisitos establecidos, el MIVHED procede a la emisión de la Certificación de Bono Saldo.
- En caso de que la solicitud no proceda, el MIVHED notificará al solicitante mediante comunicación formal, indicando las razones correspondientes.
- Una vez emitida la certificación, el MIVHED contactará al solicitante para informarle sobre la disponibilidad del documento.
Tiempo de entrega del servicio:
25 días laborables, siempre que el solicitante haya depositado la totalidad de los requisitos de manera correcta y no existan observaciones pendientes.
Costo del servicio:
No aplica.
Modalidad de pago:
No aplica.
Resultado del servicio:
Emisión y entrega, por parte del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), de una Certificación de Saldo de Vivienda, mediante la cual se acredita que el inmueble se encuentra totalmente saldado y libre de compromisos de pago con la institución.
Vigencia del documento:
No aplica.
Área responsable de la prestación del servicio:
Dirección Jurídica
Teléfonos:
809-732-0600 ext.2104 y 2109
Correo electrónico:
serviciostramitacion@mived.gob.do
Horario de prestación del servicio:
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Versión y revisión:
01
Canales de prestación del servicio:
Presencial: En las oficinas del Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), para la solicitud y retiro de la certificación una vez concluido el proceso.
Canal de reclamación:
Las reclamaciones, quejas o sugerencias podrán presentarse a través del buzón de quejas y sugerencias ubicado en la recepción del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).
Información adicional:
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