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Habilitación, Acreditación y Registro de los Supervisores Técnicos Privados en República Dominicana

Nombre(s) usual(es) o coloquial(es)

N/A

Descripción del servicio:

Servicio mediante el cual el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), a través de procesos de convocatoria, evalúa y valida los expedientes de profesionales interesados en fungir como Supervisores Técnicos Privados (STP), quienes tienen la responsabilidad de supervisar obras de construcción privadas y verificar su ejecución conforme a los planos aprobados, la licencia otorgada y las normativas técnicas vigentes. Este servicio comprende la verificación del cumplimiento de los requisitos técnicos, legales y normativos establecidos para su habilitación, acreditación y registro.

Objetivo:

Habilitar, acreditar y registrar profesionales calificados como Supervisores Técnicos Privados (STP), a fin de garantizar que las obras de construcción cuenten con una supervisión técnica competente e independiente, que contribuya al cumplimiento de la normativa aplicable, la calidad en la ejecución de las obras y la seguridad estructural.

Base legal:

1. Constitución de la República Dominicana, proclamada el 27 de octubre de 2024; 2. Ley núm. 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo; 3. Ley núm. 160-21, que crea el Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones;  4. Ley núm. 687-82, que establece el sistema para la elaboración de reglamentos técnicos para la preparación y ejecución de proyectos relativos a la ingeniería, la arquitectura y ramas afines, y su Reglamento de Aplicación núm. 1661, de fecha 16 de diciembre de 1983; 5. Ley núm. 675-44, sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones;  6. Decreto núm. 641-22, para la Acreditación y Registro de los Supervisores Técnicos Privados, de fecha 14 de noviembre de 2022; 7. Decreto núm. 236-22, que establece el Reglamento Orgánico y Funcional del MIVHED; 8. el Código de Construcción de la República Dominicana (CCRD), sobre procedimientos para la tramitación de planos, inspección y supervisión de obras privadas y 9. la Resolución 007-2026, de fecha 10 de abril de 2026, que dispone su entrada en vigencia.

A quien va dirigido:

Personas jurídicas (Empresas) y personas físicas (ingenieros/as civiles y arquitectos) con las competencias y experiencia requeridas para ejercer funciones de supervisión técnica en proyectos de construcción.

Requisitos para obtener el servicio:

Requisitos Personas Jurídicas (Empresas):

  1. Registro Mercantil
  2. Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos.
  3. Certificación de la Tesorería de la Seguridad Social.
  4. Copia de la Cedula de identidad del representante.
  5. Poder especial de representación.
  6. Original de la Declaración Jurada notaria y legalizada por la Procuraduría General de la Republica Dominicana.
  7. Copia de Estatutos Sociales ante la Camara de Comercio.
  8. Copia de Nomina de accionistas y acta de la última asamblea.
  9. Proponer Participante/Postulante (Ingeniero civil o arquitecto)
    • Título de Grado Legalizado por la MESCyT.
    • Título (s) de Posgrado (s) Legalizado por la MESCyT
    • Certificados y diplomas de otros estudios realizados.
    • Certificación de colegiatura CODIA
    • Currículo con las certificaciones que acrediten sus competencias.
    • Lista de Proyectos supervisados en los últimos 5 años.
 

Requisitos Personas Físicas (Ingenieros y Arquitectos):

  1. Copia de la Cedula de Identidad
  2. Certificación de la Dirección General de impuestos Internos.
  3. Original de la Declaración Jurada notariada y legalizada por la Procuraduría General de la República.
  4. Título de Grado legalizado por la MESCyT
  5. Título de Posgrado legalizado por la MESCyT
  6. Certificados y diplomas de otros estudios realizados.
  7. Certificación de colegiatura CODIA
  8. Currículo con las certificaciones que acrediten sus competencias.
  9. Lista de Proyectos supervisados en los últimos 5 años.

Procedimiento para obtener el servicio:

  1. El MIVHED publica la convocatoria a través de su página web y redes sociales oficiales.
  2. Se descarga el Pliego de Condiciones desde el portal institucional.
  3. En caso de dudas, se remiten consultas al correo habilitaciones@mived.gob.do
  4. Las respuestas son enviadas por el MIVHED al correo electrónico.
  5. Se prepara y deposita el expediente en formato físico en las oficinas de la Dirección de Normas y Reglamentaciones.
  6. Luego de la revisión, el MIVHED publica la Circular de Documentos a Subsanar, cuando aplique.
  7. Se consulta la circular para verificar los documentos a completar o corregir.
  8. De ser necesario, se depositan los documentos subsanables en las oficinas correspondientes.
  9. El MIVHED publica la lista de participantes precalificados en su página web.
  10. Se consultan los resultados en la página web.
  11. Los participantes precalificados reciben la convocatoria para la inducción, prueba escrita y entrevista.
  12. Se participa en la inducción, impartida en modalidad virtual.
  13. En la fecha indicada, se asiste a la prueba escrita y a la entrevista.
  14. Finalizado el proceso de evaluación, el MIVHED publica la lista de profesionales habilitados.
  15. Se verifican los resultados en la página web.
  16. Los profesionales habilitados reciben la convocatoria al acto de juramentación.
  17. Se asiste al acto de juramentación.
  18. Posteriormente, se recibe la convocatoria para la acreditación y firma de la Declaración Jurada de Servicios.
  19. Finalmente, se asiste a la firma de la documentación correspondiente.

Tiempo de entrega del servicio:

El tiempo de prestación del servicio estará sujeto a los plazos establecidos en el cronograma del pliego de condiciones de la convocatoria correspondiente.

Costo del servicio:

No aplica.

Modalidad de pago:

No aplica.

Resultado del servicio:

Certificación de Habilitación que acredita como Supervisor Técnico Privado, quedando autorizado para ejercer sus funciones conforme a la normativa vigente y disposiciones establecidos por el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

Vigencia del documento:

Cinco (5) años, a partir de la fecha de emisión de la habilitación.

Área responsable de la prestación del servicio:

Dirección de Normas y Reglamentaciones

Teléfonos:

(809) 732-0600, Ext. 7380 

Correo electrónico:

habilitaciones@mived.gob.do

Horario de prestación del servicio:

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Versión y revisión:

01

Canales de prestación del servicio:

Presencial: En las oficinas de la Dirección de Normas y Reglamentaciones del Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

Canal de reclamación:

Las reclamaciones, quejas o sugerencias podrán presentarse a través del buzón de quejas y sugerencias ubicado en la recepción del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

Información adicional:

Para los fines de esta solicitud, se disponen de formatos predefinidos de carácter obligatorio, los cuales deberán ser debidamente completados para el cumplimiento de los requisitos establecidos. Estos formatos estarán disponibles en el pliego de condiciones de la convocatoria correspondiente para la Habilitación, Acreditación y Registro de Gestores Urbanos en la República Dominicana.